Debido a los múltiples reportes de los usuarios de los
servicios de telecomunicaciones de la empresa Claro, que no pueden registrar
quejas y reclamos a través de su página web, el Organismo Supervisor de
Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL dictó una medida cautelar
contra la mencionada operadora para obligarla a que dé solución al problema en
un plazo máximo de tres (3) días hábiles.
Cabe precisar que el regulador abrió un Procedimiento
Administrativo Sancionador (PAS) a la operadora por las irregularidades
señaladas en su portal web –y constatadas mediante acciones de supervisión
realizadas a nivel nacional– y, en paralelo, dictó la medida cautelar para que
Claro ofrezca a sus abonados una solución inmediata y permita que ellos puedan
acceder al formulario de reclamo, tal cual los establecen las normas vigentes.
En esa línea, si Claro no ajusta su página web
(www.claro.com.pe/atención-de-reclamos/) y no corrige la situación en el plazo
señalado podría ser pasible de una doble sanción: una por efecto del
Procedimiento Administrativo Sancionador y otra por el incumplimiento de la
medida cautelar. En ambos casos, la multa podría ser de hasta 50 Unidades
Impositivas Tributarias – UIT.
En marzo, abril y mayo de este año, el regulador impuso
similares medidas cautelares contra Entel, Telefónica y Bitel, respectivamente,
con la finalidad de que ajusten su conducta a lo estipulado en la norma de
Condiciones de Uso.
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