- La propuesta de incluir delitos contra la
flora y fauna dentro de la Ley de Crimen Organizado no ha sido incluida en
el dictamen elaborado por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del
Congreso de la República.
- Se teme que los cambios que se proponen ahora
sean el primer paso para que luego se dé un retroceso en la normativa
sobre tala y minería ilegales.
Según cifras del Servicio Nacional Forestal y de Fauna
Silvestre (Serfor), en Perú cada año se decomisan más de 5000 especímenes de
fauna silvestre proveniente del tráfico en operativos oficiales.
Además, miles de partes de animales, como aletas de tiburón y colmillos de jaguar, viajan desde la costa y la Amazonía peruanas hasta mercados internacionales, principalmente asiáticos. Un mercado negro internacional que, según cifras de la Agencia de Policía Internacional (Interpol) y las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP por sus siglas en inglés), mueve 20 000 millones de dólares cada año y está estrechamente vinculado con las redes delictivas organizadas transnacionales.
En este contexto, desde hace unos
años se busca que el tráfico de vida silvestre se considere como un delito de
crimen organizado en Perú. Para ello se requiere modificar la Ley de Crimen
Organizado de tal forma que se pueda incluir el delito de tráfico de vida
silvestre, que actualmente figura en el Código Penal como parte de los delitos
ambientales.
La propuesta está en el Congreso
de la República. En septiembre y octubre de este año se presentaron dos
proyectos que buscan modificar la Ley Contra el Crimen Organizado, para incluir
el tráfico de vida silvestre dentro de la lista de los delitos que se persiguen
bajo esta ley. Sin embargo, el centro de esta discusión sufrió un revés cuando,
en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, se elaboró un predictamen
—documento que reúne las propuestas— que deja de lado esta posibilidad y mas
bien presenta cambios para en la legislación actual de tráfico de especies.
No es la primera vez que se
discute este tema. En el Congreso anterior, que terminó su legislatura en julio
de 2021, el congresista del Partido Morado, Alberto de Belaúnde, presentó la
misma moción que fue debatida y aprobada en la Comisión de Justicia, pero no se
llegó a discutir en el Pleno del Congreso, la última instancia donde se
aprueban las leyes peruanas.
¿Qué problemas originarían estos
cambios?
El centro de la discusión
«Es un mensaje de debilitamiento,
en lugar de avanzar estaríamos retrocediendo en la mejora de las sanciones
penales», dice el procurador del Ministerio del Ambiente, Julio Guzmán, con
relación al predictamen que se debate actualmente en la Comisión de Justicia
del Congreso.
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Operativo de la Dirección Forestal y de Fauna Silvestre en Madre de Dios. Foto: ©Adrián Portugal Teillier. |
Lo que se proponía en los dos proyectos de ley presentados por los congresistas Edgar Málaga, del grupo parlamentario Somos Perú-Partido Morado y Héctor Ventura, de Fuerza Popular, era que el tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre, y todos los delitos relacionados, se incorporen en la lista de infracciones de la ley de crimen organizado.
Hasta ahora esta lista incluye
solo dos delitos ambientales: tráfico ilegal de productos maderables, desde el
2013, y minería ilegal desde el 2017. En ambos casos también se consideran sus
formas agravadas.
Para sorpresa de autoridades y
especialistas que habían dado opinión favorable a la inclusión del tráfico de
vida silvestre dentro de la ley de Crimen Organizado, en el predictamen de la
Comisión de Justicia, presidido por Gladys Echaíz, ex Fiscal de la Nación y
actual congresista por el partido Alianza para el Progreso, solo se propone que
el tráfico de especies se incluya como agravante cuando quienes cometan el
delito actúen dentro de una organización criminal.
«No tiene los mismos efectos»,
dice el abogado Percy Grandez, de la Iniciativa Conservamos por Naturaleza y
Gobernanza Marina de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental. «El elemento
central de la lucha contra el crimen organizado es la investigación policial.
Si el delito no está incluido en esta ley, difícilmente intervienen órganos
esenciales como la Diviac [División de Investigación de delitos de Alta
Complejidad]», comenta.
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Cientos de tiburones incautados por autoridades peruanas. Foto: Oceana Perú. |
Grandez explica que si solo se acepta la inclusión del agravante en la actual legislación de tráfico de especies, este delito seguiría siendo visto por las fiscalías especializadas en materia ambiental (FEMA), que no cuentan con logística ni personal para investigar a las redes detrás del tráfico de especies, y tampoco tienen las prerrogativas y ventajas de la Ley de Crimen Organizado, como son la interceptación telefónica, operaciones con agentes encubiertos, entre otros mecanismos.
Mongabay Latam solicitó su
versión a la congresista Gladys Echaiz, presidenta de la Comisión de Justicia,
pero hasta el cierre de esta edición no recibió respuesta.
Otra diferencia importante
—explica el abogado de la SPDA— es que las investigaciones de crimen organizado
se realizan sin que los investigados se enteren de las sospechas que recaen
sobre ellos hasta que se consiguen las pruebas suficientes para realizar los
operativos. En cambio, en otras instancias como la FEMA, esto no es posible.
Casos emblemáticos de la lucha
contra el tráfico ilegal de madera han sido resultado de la aplicación de la
ley de crimen organizado. Ejemplos de ello son Los Cumaleros del Oriente, una
red puesta al descubierto en mayo de 2019 y Los Hostiles de la Amazonía que se
empezó a develar en agosto de 2020.
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Los Hostiles de la Amazonía, que involucra a autoridades del Gobierno Regional de Madre de Dios, fue una investigación sobre tráfico de madera bajo la Ley de Crimen Organizado. Foto: Mongabay Latam. |
El procurador Guzmán considera que «será algo simbólico» si la ley de tráfico de especies solo incorpora como agravante cuando quien comete el delito pertenece a una organización criminal.
Un ejemplo que cita Guzmán es lo que sucedió con la minería ilegal: «una vez este delito formó parte del crimen organizado, empezaron a revelarse varios casos», explica.
Un riesgo en la lucha contra el
tráfico de madera y la minería ilegal
El predictamen también propone
otros cambios. Expertos y autoridades han manifestado su desacuerdo con otra
modificación propuesta en la legislación: que cuatro artículos relacionados al
tráfico de vida silvestre, que se mantienen de manera independiente en la ley
actual, se reúnan en uno solo.
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Un zorro andino llamado Run Run se ha convertido en un símbolo del tráfico de especies en Perú. Foto: Serfor. |
Se trata de los artículos 308, 308A, 308C y 308D que establecen las infracciones de forma diferenciada para especies terrestres, especies acuáticas y recursos genéticos.
«Las opiniones han sido unánimes
en cuanto a la crítica y el desacuerdo con lo que se propone. Se perderá el
foco de lo que se busca», señala Patricia Torres del Programa de Bosques y
Servicios Ecosistémicos de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA). «La
fauna silvestre terrestre y las especies acuáticas son diferentes. Son recursos
diferentes», agrega Torres con relación a la fusión de estos artículos.
Carmen Heck, Directora de
Políticas de Oceana en Perú explica que la flora y la fauna terrestre tiene sus
propias reglas, muy diferentes a las de especies acuáticas.
El artículo 308 se refiere a la
venta, transporte, almacenamiento, importación y exportación, entre otras
acciones, para las especies silvestres protegidas terrestres, mientras que el
artículo 308 A nombra las mismas acciones pero con relación a las especies
acuáticas. En el artículo 308 D se mencionan también las mismas acciones pero
en este caso se trata de recursos genéticos.
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Incautación de caballitos de mar proveniente del tráfico de especies marinas. Foto: Oceana Perú. |
«Se está creando un artículo donde están reuniendo todo. En derecho penal se tiene que ser preciso», menciona Heck.
Otro problema que causaría esta
conjunción de artículos —dice Heck— es la dificultad que tendrían los fiscales
para definir cuál es la entidad competente a la que recurrirían para solicitar
opiniones, pues las especies terrestres están a cargo del Serfor, mientras que
las acuáticas dependen del Ministerio de la Producción. «Habrá dificultad en la
aplicación de la norma», agrega Heck.
«Los litigantes privados de los
acusados se aprovecharán de esta confusión», opina la abogada Ashley Mamani,
especialista en Derecho Ambiental y Recursos Naturales de la organización
Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).
Mamani cuestiona que estos
cambios no generan un «mensaje político» potente contra los delitos
ambientales, pues la pregunta será «por qué unos delitos ambientales si se
considera crimen organizado y otros no».
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El chileno Sebastián Hernández es un biólogo marino que lidera la lucha contra el tráfico ilegal de aletas de tiburón. Foto: Oceana |
El procurador Guzmán dice que luego de ver los resultados positivos obtenidos cuando la tala y la minería ilegal pasaron a ser parte de la Ley de Crimen Organizado, correspondía hacer lo mismo con el tráfico de vida silvestre, que es manejado por mafias a nivel internacional.
Pero lo que más le preocupa a
Guzmán es que el predictamen de la Comisión de Justicia «sea el primer paso
para retirar los delitos de tala ilegal y de minería ilegal del listado de
crimen organizado».
El procurador menciona que los
cambios que se aprueben en estos momentos para el tráfico de vida silvestre
podrían significar un precedente para cualquier cambio en los avances que se
han logrado con otros delitos ambientales porque, además, hay un tema adicional,
el predictamen también contempla retirar el «dolo virtual», es decir, la
presunción de que se ha cometido un delito.
Un ejemplo que cita el Procurador
es cuando se captura cualquier especie en la selva y luego se vende. En este
caso, quien captura y vende, así como quien compra, debe pensar y presumir que
está cometiendo un delito y no puede usar como excusa que desconocía que se
trataba de una infracción. Para Guzmán, si esta presunción se elimina de la
norma, como se pretende, se debilita la legislación y por tanto la lucha contra
este delito.
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Las aves son especies que se trafican con frecuencia en Perú. Foto: Serfor. |
«Si se debilita así la ley contra el tráfico de vida silvestre, también se puede hacer lo mismo en el tema forestal», señala el procurador. «La tala ilegal fue el primer delito que se incorporó como crimen organizado y pasaron entre seis o siete años para lograr los primeros casos de sanción como crimen organizado. Por eso, los resultados de tráfico de vida silvestre los vamos a ver en unos cuantos años, pero si no lo incorporamos en crimen organizado ahora, nunca los veremos», puntualiza.
En octubre de 2019 se realizó la
primera Conferencia de Alto Nivel de las Américas sobre el Comercio Ilegal de
Vida Silvestre en Perú y, en ese momento, expertos y autoridades dedicadas a
enfrentar el tráfico de especies coincidieron en la necesidad de relacionar el
comercio ilegal de vida silvestre con el crimen organizado y cuestionaron la
ausencia de sanciones ejemplares contra quienes cometen este delito.
Imagen principal: Un mono víctima
del tráfico de especies encontrado durante un operativo de las autoridades de
Madre de Dios. Foto: ©Adrián Portugal Teillier.
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